Declaración Pública en rechazo del nuevo proyecto de «Control Preventivo de Identidad»

Declaración Pública sobre nuevo proyecto de Ley que crea “Control Preventivo de Identidad”

El presidente Sebastián Piñera firmó esta semana un proyecto de Ley que crea el “Control Preventivo de Identidad”. En el discurso en que presentó el proyecto, la autoridad destacó que éste “permitirá el control de identidad preventivo en ciertos lugares y bajo ciertas circunstancias como ´cuando las personas se encuentren en la cercanía de lugares que son particularmente sensibles para la ciudadanía, como por ejemplo, hospitales, edificios públicos, fuentes de energía, plantas de agua potable, centrales de gas u otros bienes públicos, como telecomunicaciones o transportes. En segundo lugar, cuando las personas se encuentren en situaciones que hacen prever razonablemente la posibilidad que se cometan actos u hechos delictivos que atenten contra la seguridad ciudadana o contra el orden público´”[1].

En primer término, el proyecto merece nuestro más absoluto rechazo en atención a la vaguedad en que son presentadas las circunstancias que permiten a la policía efectuar un Control de Identidad a los ciudadanos. Formulaciones generales como “lugares sensibles para la ciudadanía” o “posibilidad de prever razonablemente la comisión de un delito”, no son sino puertas abiertas para la arbitrariedad del funcionario de turno. Sabemos que en nuestro país el poder con que cuenta un policía frente a un ciudadano es inmenso. Los términos en que se plantea el Control Preventivo de Identidad no hacen sino reforzar dicho poder, posibilitando al funcionario policial realizar el Control cuando él estime que las circunstancias lo ameriten. Y entonces, lo que debiese ser un instrumento al servicio de una política de seguridad eficiente y respetuosa de los derechos fundamentales, fundamentado en causas objetivas, pasa a ser una prerrogativa de funcionarios, a los que se entrega casi sin límites la decisión de realizar o no un Control de Identidad.

Si no igual, más preocupante nos parece los efectos que tendrá el mentado Control de Identidad. Porque “si la persona no se identifica, entonces esa persona podrá ser retenida por un máximo de 8 horas, al cabo de las cuales tendrá que ser dejada en libertad o, dependiendo de las circunstancias, pasada a la Fiscalía”.[2]

La situación a que da lugar este Control Preventivo se asemeja en demasía a los efectos que generaba la ya derogada “Detención por sospecha”. Por el solo hecho de no identificarse, que puede deberse a una multiplicidad de causas, el ciudadano puede estar detenido por ¡ocho horas! La desproporcionalidad de la medida resiste cualquier análisis serio. ¿Puede demorar Carabineros ocho horas en identificar a alguien? Quien no se ha identificado es enteramente inocente: no hay razón alguna para retenerlo un segundo más del tiempo necesario para identificarlo. Cualquier decisión distinta es contraria a la presunción de inocencia.

Las progresivas reformas que se han hecho al Control de Identidad, que no han hecho sino ampliar sus supuestos de procedencia y las facultades de los funcionarios que lo ejecutan, han sido un espacio para el incremento de conductas abusivas y arbitrarias. Nada en el Control Preventivo de Identidad indica que nos encontremos ante un patrón distinto.

La experiencia de lugares como La Legua nos enseña que allí donde las facultades que reglan el actuar de la policía son poco claras, dejando lugar a la ambigüedad, se abre un campo fértil para el abuso. Son estas características del proyecto ya comentado las que nos llevan a formular nuestro más profundo repudio.

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